Buenas tardes amigos,
Hacia mucho que no pasaba por aquí... cosas de la vida.
La cuestión es que quiero volver a intentar hacer un juego...peeero, como siempre está el tema del dinero.
No me refiero a lo que vale el programa, lo que pueda costar unos gráficos decentes, una buena música, o todas las traducciones posibles para que nuestras creaciones lleguen al máximo de personas.
Me refiero a intentar ganar dinero con nuestro juego, ya sea poniendo en venta dicho juego en varias páginas, Google Play, etc... o con publicidad.
Y en esto me encuentro con el problema, me explico.
Si pones un juego de forma gratuita, pero con publicidad, la empresa de publicidad (sea la que sea) va a emitir una factura.
Si pones el juego en venta, como es logico, la empresa que venda tu juego, también emitirá una factura.
Y aquí es donde está el problema y la duda.
En España hacerse Autónomo es un suicidio, esos 300€ mensuales, factures o no, que tienes que pagar a la Seguridad social no te dejan emprender.
Pero si vas de listo y no declaras nada a Hacienda, ni te das de alta en la Seguridad social, la multa que te puede caer, te dejará llorando mucho tiempo.
Así que, si alguien tiene conocimiento legal, o por experiencia, me gustaría que me resolviera una duda.
¿Puedo acumular el dinero ya sea de ventas o de publicidad y hacer una sola facturación a final de año?
Así solo tendría que darme de alta y baja en la Seguridad social 1 vez y no mensual.
Se que es un poco lioso lo que acabo de poner, pero tal y como está la cosa hoy en día lo unico que hace falta es que te curres un juego decente, ganes 4 euros, pero los impuestos y la Seguridad social te haga estar en números rojos porque tengas que pagar más de lo que ganas.
Un saludo.
Creo que hay un minimo anual por el cual no hace falta pagar autonomo si no llegas a esa cifra.
Yo de ti buscaria ayuda profesional, una asesoria seria idoneo.
Yo tendre que hacer lo mismo.
Y que pasa si tu juego es un fangame y esta compuesto por sprites y musica de otras obras ?, obviamente esto supone el uso de material con copyright, pero y si cobras por anuncio pero no vendiendo el juego en sí ?, sigue siendo una infraccion ?.....
Cita de: Yuzo en Agosto 16, 2017, 01:17:59 PM
Y que pasa si tu juego es un fangame y esta compuesto por sprites y musica de otras obras ?, obviamente esto supone el uso de material con copyright, pero y si cobras por anuncio pero no vendiendo el juego en sí ?, sigue siendo una infraccion ?.....
Si el juego te da algún tipo de rédito económico, infringe copyright.
Cita de: bochaPastore en Agosto 16, 2017, 04:44:26 PM
Cita de: Yuzo en Agosto 16, 2017, 01:17:59 PM
Y que pasa si tu juego es un fangame y esta compuesto por sprites y musica de otras obras ?, obviamente esto supone el uso de material con copyright, pero y si cobras por anuncio pero no vendiendo el juego en sí ?, sigue siendo una infraccion ?.....
Si el juego te da algún tipo de rédito económico, infringe copyright.
Incluso sin animo de lucro supone una infracción de copyright.
Siempre salen noticias de fangames que cancelan los proyectos porque las compañías que tienen los derechos se lo piden amablemente, y si no lo cancelan se enfrentan a una jugosa denuncia.
Otra cosa sería hacer un juego con nombres y diseños parecidos a los originales pero no idénticos, aunque también puede ser denunciable :-[
En respuesta al tema, yo he leído que si no es una actividad "habitual" no es necesario darse de alta en la seguridad social, se considera actividad habitual si ganas mas del salario mínimo interprofesional, pero que también te puede llegar una multa aunque es poco probable.
Yo he leído estos dos artículos que me han ayudado un poco
http://www.alonsoruibal.com/vender-en-google-play-desde-espana/
http://gestron.es/vender-por-internet-sin-ser-autonomo/
Pues nada, al final he encontrado un articulo escrito por un abogado, indicando las legalidades de cobrar o no por nuestra aplicación, o en el caso de que lo pongamos gratuito, pero con publicidad.
http://www.elabogadodigital.com/fiscalidad-de-google-adsense/
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Hola Nando,
Muy instructivo el post, gracias.
Yo tengo una pregunta más teorica que práctica. En el caso de hacer una app para móvil un dia, subirla a la App Store, ponerle publicidad y no tocarla nunca más.
No se podría tratar esto como el rendimiento de una propiedad o como una especie de alquiler. Al fin y al cabo uno no trabaja al día a día en eso y, por tanto, no debería ser una actividad habitual.
¿Que opinas?
Nando
31 Enero, 2017 at 5:26 pm
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Hola Iván:
Pues la pregunta es interesante. Pero en mi opinión si la app está colgada 7 días a la semana, 24 horas, entiendo que sí puede ser considerada una actividad habitual. Imagina el supuesto, también de laboratorio, de que cuelgo un único vídeo en youtube y obtengo por publicidad 1000 € al mes...
En cualquier caso. Estoy de acuerdo en que habría que delimitar este tipo de casos, pero hoy por hoy no lo están. El caso de un alquiler de un inmueble sí está expresamente previsto por la norma. Puede resultar injusto, pero es así.
Muchas gracias. Un saludo
Conclusión, o rozas ese punto entre lo "ilegal" a ver si tienes buenos resultados y te haces autonomo, o te haces autonomo desde el primer día, aunque no puedas comar la mayoría de los meses por las cuotas e impuestos, no te queda otra que regalar sin esperar nada.
España se queja de que no hay nuevos emprendedores, pero con la legislación y tributación actual, es imposible.
Un saludo.
Segun estuve investigando un poco en algunas webs, no es necesario q te des de alta como autonomo, siendo que no cubris los salarios minimos
CitarAfortunadamente en 2007 el Tribunal Supremo dictó una sentencia que ha sentado jurisprudencia y que establecía que no era necesario darse de alta como autónomo si los ingresos eran inferiores al Salario Mínimo Profesional. Desde entonces son bastantes los casos de autónomos que al ser sancionados han recurrido y han conseguido que los jueces les den la razón al haber demostrado unos ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional.
Aca esta la info: http://infoautonomos.eleconomista.es/ser-autonomo-o-no/ser-autonomo-o-no-con-ingresos-bajos/
No se si esto es veridico o no, no soy de España.